Atención: últimos días hábiles para aplicar las bonificaciones de la formación realizada en 2016.

Por las fechas en las que nos encontramos aprovechamos para recordar algunas cuestiones muy importantes de cara a la bonificación del año 2016:

    1. Todos los gastos de formación bonificada, ya sea de impartición o de gestión, deben estar abonados antes de que la empresa abone el TC1 de Diciembre.
    2. Todas las bonificaciones de formación correspondientes al año 2016 deben ser aplicadas como máximo en el TC1 de Diciembre.

También hacemos hincapié en otras cuestiones de suma importancia de cara a la bonificación en cualquier momento del año:

  • Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de la contabilidad todos los gastos de ejecución de las acciones formativas y las bonificaciones aplicadas con la referencia común de “Formación Profesional para el empleo”
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • Garantizar la gratuidad de las acciones formativas a los participantes.
  • Mantener durante un período de 4 años a contar a partir del momento en que haya finalizado el plazo de presentación de los TC del mes de Diciembre del ejercicio en curso. La documentación justificativa de las acciones formativas bonificadas necesaria se especifica en el documento adjunto.