PREGUNTAS FRECUENTES

OPCIONES PARA LA GESTIÓN DEL CRÉDITO FORMATIVO

Os invitamos a visionar un breve vídeo en el que explicamos las diferentes opciones existentes para la gestión de vuestro crédito formativo. En el mismo aclaramos cuál es la opción que nosotros recomendamos. Esperamos que sea de tu interés.

¿Cuándo y cómo me puedo bonificar?

La bonificación se puede aplicar, siempre y cuando se haya procedido a finalizar en la FUNDAE el curso. ¿Qué quiere decir esto? una vez pasada la fecha de fin del curso (una vez el curso haya terminado), hay que comunicar en la FUNDAE los datos de los trabajadores que han finalizado el curso y los costes que la empresa ha soportado por el mismo.

En esa comunicación, también se informará de la cantidad que la empresa cliente puede bonificarse y el mes a partir del cual podrá hacerlo.

Esta información, la cuantía que puede bonificarse y el mes a partir del cual se puede descontar ese importe, debe ser comunicado por el centro GESTOR, es decir DEDEMANDA al cliente. Sin esta comunicación el cliente NO DEBE APLICAR ninguna bonificación previa.

 

¿Qué se entiende por bonificación?

La Bonificación en palabras sencillas quiere decir que la empresa podrá “descontar” un importe concreto en el pago de los seguros sociales siempre que sea la empresa la que soporte los costes de la formación de sus trabajadores.

En otras palabras, la empresa podrá abonar una cantidad menor en los seguros sociales si ha comunicado adecuadamente la formación a la FUNDAE, se ha realizado correctamente y si es la empresa la encargada de costear la misma.

 

¿Puedo bonificar la totalidad de la factura del curso?

El importe que se puede bonificar dependerá del número de alumnos que asistan al curso y el número de horas que tenga la formación. De estos dos factores se obtendrá una cuantía económica que es la que podría llegar a bonificarse la empresa, siempre que ésta se iguale o se supere con los costes que ha supuesto dicha formación para la empresa.
 

¿Qué importe puedo bonificar por cada curso que notifique en la FUNDAE?

La bonificación depende de los módulos económicos marcados por normativa. Actualmente los importes vigentes, respecto a la bonificación máxima a la que se puede optar por hora/alumno, se indican a continuación:

  • Formación Presencial:
    • Nivel Básico 9€/hora
    • Nivel Superior 13€/hora
  • Formación Teleformación: 7,5€/hora          

En base a estos módulos obtenemos una cuantía que es el importe máximo que podría bonificarse, lo que no quiere decir que realmente se vaya a poder bonificar exactamente dicha cantidad. Exponemos a continuación un ejemplo que lo aclara.

Ejemplo:

Se ha comunicado un curso presencial de nivel superior con 10 alumnos finalizados y 10 horas de duración. El máximo bonificable por tanto sería: 10 horas *10 alumnos * 13€/hr/alumno= 1.300€.

A partir de aquí tenemos varias posibilidades de bonificación:

  • Si la factura del curso fuera inferior a esa cantidad, el tope de bonificación lo fijará el importe de la factura. (Lógicamente, no es posible bonificar una cantidad superior a los costes que realmente se han soportado por la empresa.)
  • Si la factura del curso fuera superior al máximo bonificable, se bonificaría como tope la cantidad correspondiente al máximo bonificable.
  • Si el crédito formativo disponible para la empresa fuese inferior al máximo bonificable (aunque la factura fuese superior), actuaría de límite de bonificación, el importe del crédito formativo disponible.
¿Cómo puedo hacer los trámites para bonificarme de un curso?

Para que una empresa pueda bonificarse un curso, hay que realizar de manera obligatoria unos trámites en la aplicación WEB de la FUNDAE, en la que se informa de qué contenido se va a trabajar y de cuándo, cómo y dónde se va a realizar ese curso. También se informará de qué empresa (qué CIF) es a la que pertenecen los trabajadores o alumnos que van a participar en dicho curso.

Estos trámites puede hacerlos la empresa por sí misma o contratar un proveedor externo para que los realice en su nombre. Esta es la labor de DEDEMANDA.

 

¿Qué es el crédito formativo?

Es una cuantía económica que toda empresa con trabajadores en Régimen General puede bonificarse (“descontar del pago”) de la misma en los pagos de los seguros sociales, siempre y cuando la empresa pague u abone las facturas de la formación contratada para sus trabajadores.

En caso de formación interna (los formadores y los alumnos están en plantilla), no habrá facturas como tal, pero lógicamente es la empresa la que soporta los costes de personal de sus formadores.